Jose A. Morales Rosario, et al. v. Hospital Español Auxilio Muto De Puerto Rico, Inc.,

Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Puerto Rico Case No. 3:25-cv-01244-RAM

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NOTIFICACIÓN DE PROPUESTA DE ACUERDO DE DEMANDA COLECTIVA
 

¿Se le notificó que su Información personal pudo haberse visto comprometida por un Incidente de datos en el Hospital Español Auxilio Mutuo de Puerto Rico en septiembre de 2023 o alrededor de esa fecha? Es posible que tenga derecho a recibir beneficios de un acuerdo de demanda colectiva.

Un tribunal federal autorizó esta Notificación. No le están demandando. Esta no es una oferta de representación de un abogado.

  • Se ha llegado a un Acuerdo con Hospital Español Auxilio Mutuo de Puerto Rico, Inc., que se desempeña comercialmente bajo el nombre de Auxilio Mutuo Hospital (“Auxilio Mutuo” o la “Demandada”) en una demanda colectiva sobre un incidente de datos que ocurrió en septiembre de 2023 o alrededor de esa fecha (el “Incidente de datos”) en el que el acceso no autorizado por parte de ciberdelincuentes puede haber comprometido la información de identificación personal y la información médica protegida de los pacientes actuales y anteriores (“Información personal”). Los Demandantes alegan reclamaciones por negligencia, incumplimiento de contrato implícito e incumplimiento de las leyes estatales y federales de protección al consumidor, entre otras reclamaciones. La Demandada niega todos los hechos alegados y cualquier conducta indebida.
     
  • El Colectivo del Acuerdo está formado por todas las personas que residen en los Estados Unidos a cuya Información personal puede haber accedido o puede haber utilizado una parte no autorizada como consecuencia del incidente de ciberseguridad ejecutado contra la Demandada, que dio lugar a la Acción.
     
  • Según el Acuerdo propuesto, la Demandada proporcionará hasta $500,000 para beneficios monetarios del Acuerdo a los Miembros del Colectivo del Acuerdo. Los beneficios monetarios del Acuerdo incluirán una Compensación por pérdidas económicas pagadas del propio bolsillo por un importe máximo de $2,500 por Miembro del Colectivo del Acuerdo o un Pago alternativo en efectivo de $25. A su vez, todos los Miembros del Colectivo del Acuerdo tendrán la posibilidad de inscribirse en dos (2) años de Servicios de monitoreo crediticio y médico. Además, la Demandada ha acordado pagar por separado las Compensaciones por servicios, los Gastos administrativos y de notificación, y la Adjudicación de honorarios de abogados y costas judiciales.
     
  • Sus derechos se ven afectados tanto si actúa como si no lo hace. Lea esta notificación detenidamente.

SUS DERECHOS LEGALES Y OPCIONES

FECHA LÍMITE

PRESENTAR UN FORMULARIO DE RECLAMACIÓN

Presentar oportunamente un Formulario de reclamación válido es la única forma de recibir un pago por este Acuerdo. Si no opta por excluirse del Acuerdo, aún podrá recibir los Servicios de monitoreo crediticio y médico.

21 de diciembre de 2026

OPTAR POR EXCLUIRSE DEL ACUERDO

Si opta por excluirse, no estará obligado por los términos del Acuerdo y conservará el derecho de demandar a la Demandada por las reclamaciones resueltas por este Acuerdo. No recibirá ninguno de los beneficios provenientes del Acuerdo.

21 de diciembre de 2026

PRESENTAR UNA OBJECIÓN AL ACUERDO O ASISTIR A UNA AUDIENCIA

Si no opta por excluirse del Acuerdo, puede presentar una objeción a este y expresarle al Tribunal qué aspectos del Acuerdo no son de su agrado. También puede solicitar al Tribunal permiso para hablar sobre su objeción en la Audiencia de aprobación definitiva. Si plantea una objeción, aun así puede presentar un Formulario de reclamación para recibir los beneficios del Acuerdo.

21 de diciembre de 2026

NO HACER NADA

Si no hace nada, no recibirá un Pago del Acuerdo y renuncia al derecho de demandar a la Demandada por las reclamaciones resueltas mediante este Acuerdo. Sin embargo, sí será elegible para recibir Servicios de monitoreo crediticio y médico.

Sin fecha límite

  • Estos derechos y opciones, así como los plazos para ejercerlos, se explican en el sito de web de este Acuerdo.

  • El Tribunal que resuelve este caso aún debe decidir si aprueba el Acuerdo.

Este sitio web está autorizado por el Tribunal, supervisado por los abogados de las Partes y controlado por el Administrador del Acuerdo aprobado por el Tribunal. Este es el único sitio web autorizado para este acuerdo. 

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